
Mucha gente que empieza a invertir en cryptos se olvida de una cosa importante: Hacienda. Aunque parezca que las criptomonedas son como invisibles o fuera del sistema, en realidad en España hay que declararlas. Y si no lo haces bien, te puede caer una multa.
En este artículo te explico de forma sencilla cuándo y cómo declarar tus cryptos, para que no te líes y no tengas problemas luego con el dinero.
¿Hay que declarar siempre?
No, no siempre. Solo hay que declarar tus cryptos si has tenido beneficios, o sea, si has ganado dinero al venderlas. Si solo las has comprado y las mantienes sin moverlas (lo que se llama hacer HODL), entonces no tienes que declarar nada todavía.
También tienes que declarar si haces staking, si cobras algo en cryptos, o si cambias una crypto por otra. Aunque no lo pases a euros, eso también cuenta como operación.
¿Dónde se declaran?
Las cryptos se declaran en la declaración de la renta, en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales. Si por ejemplo has vendido Bitcoin o alguna memecoin y ganaste dinero, ahí es donde lo tienes que poner.
Y si tienes más de 50.000 € en cryptos en exchanges fuera de España, también tienes que presentar el modelo 721, que es solo informativo (pero obligatorio). Es como decirle a Hacienda: “oye, tengo esto fuera del país”.
¿Y cómo se calcula lo que tengo que pagar?
Se calcula la diferencia entre lo que pagaste al comprar y lo que obtuviste al vender. Por ejemplo, si compraste Ethereum por 2.000 € y lo vendiste por 2.600 €, has ganado 600 €. A eso se le aplica un impuesto, que depende de cuánto ganes en total:
- Hasta 6.000 €: pagas el 19 %
- De 6.000 a 50.000 €: el 21 %
- De 50.000 a 200.000 €: el 23 %
- Más de 200.000 €: el 27 %
Y si has tenido pérdidas, puedes restarlas de las ganancias, para pagar menos. Así que apunta bien todas tus operaciones.
¿Qué pasa si no declaro?
Si no declaras y Hacienda se entera (que se entera, porque cada vez tiene más datos de los exchanges), te pueden poner una multa. Además, si no has pagado impuestos cuando debías, también te toca pagar con intereses.
Lo mejor es hacer las cosas bien desde el principio. Aunque hayas ganado poco, mejor declararlo y dormir tranquilo.
¿Cómo llevar el control?
La mayoría de exchanges como Binance, Coinbase o Kraken te dejan descargar un informe con todas tus operaciones. Eso ayuda un montón, porque puedes ver en qué fecha compraste, a qué precio, y cuándo vendiste.
También hay herramientas como CoinTracking o Koinly que te ayudan a calcular automáticamente las ganancias y lo que tienes que pagar. Algunas son gratis y otras de pago, pero si has hecho muchas operaciones, merece la pena.
¿Y si solo tengo memecoins que no valen nada?
Aunque tus memecoins no valgan mucho, si las vendes o las cambias por otra cripto, esa operación cuenta. Aunque hayas ganado solo 10 €, eso es una ganancia patrimonial. Por poco que sea, legalmente tendrías que declararlo.
Otra cosa es que Hacienda no te diga nada si es una cantidad muy pequeña, pero eso no quiere decir que no haya que declararlo

Resumen rápido para no liarte
- Si solo has comprado y no has vendido, no declaras nada (de momento).
- Si has vendido o cambiado cryptos y has ganado dinero, lo declaras en la renta.
- Si tienes más de 50.000 € fuera de España, presentas el modelo 721.
- Guarda todos los datos de compra y venta para calcular bien.
- Usa herramientas si haces muchas operaciones.
- Mejor declarar aunque ganes poco, que tener problemas luego.
Conclusión
Declarar tus cryptos no es tan complicado como parece, pero hay que hacerlo bien. Aunque no lo veas como “dinero real”, para Hacienda sí lo es. Si te organizas desde el principio, llevas el control de tus operaciones y haces tu declaración como toca, no tendrás líos.
Y si algún año no sabes cómo hacerlo, lo mejor es hablar con un asesor fiscal o gestoría. Pero por lo menos ahora ya sabes lo básico.